ANPE Albacete Castilla - La Mancha - page 173

LOMCE. Ley orgánica para la mejora de la calidad educativa
172
Ciento dos
. Se añade una nueva disposición adicional cuadragésima primera con la si-
guiente redacción:
Disposición adicional cuadragésima primera.
Prevención y resolución pacífica de con-
flictos y valores que sustentan la democracia y los derechos humanos.
En el currículo de las diferentes etapas de la Educación Básica se tendrá en conside-
ración el aprendizaje de la prevención y resolución pacífica de conflictos en todos
los ámbitos de la vida personal, familiar y social, y de los valores que sustentan la
democracia y los derechos humanos, que debe incluir en todo caso la prevención de la
violencia de género y el estudio del Holocausto judío como hecho histórico.
Ciento tres
. Se añade una nueva disposición adicional cuadragésima segunda con la si-
guiente redacción:
Disposición adicional cuadragésima segunda. Centro para la Innovación y Desarro-
llo de la Educación a Distancia (CIDEAD).
El Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia (CIDEAD), del
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, impartirá enseñanza a distancia en todo
el territorio nacional.
El Gobierno establecerá, sin perjuicio de los principios recogidos en esta Ley Orgáni-
ca, una regulación específica del CIDEAD.
Ciento cuatro
. Se añade una nueva disposición adicional cuadragésima tercera con la
siguiente redacción:
Disposición adicional cuadragésima tercera.
Centros de enseñanzas deportivas de gra-
do superior a distancia.
El Gobierno podrá regular y gestionar, dentro del ámbito del deporte de alto nivel y
la regulación del deporte federado estatal, centros de titularidad estatal que impartan
las enseñanzas deportivas de grado superior a distancia en todo el territorio nacional.
Disposición transitoria primera.
Maestros adscritos a los cursos primero y segundo de la
educación secundaria obligatoria.
1. Los funcionarios del cuerpo de maestros adscritos con carácter definitivo, en apli-
cación de la disposición transitoria cuarta de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de oc-
tubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, a puestos de los dos primeros
cursos de la educación secundaria obligatoria, podrán continuar en dichos puestos
1...,163,164,165,166,167,168,169,170,171,172 174,175,176,177,178,179,180,181,182,183,...202
Powered by FlippingBook