LOMCE. Ley orgánica para la mejora de la calidad educativa
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Además, en los centros específicos de educación especial y en aquéllos que
tengan aulas especializadas, formará parte también del Consejo Escolar un
representante del personal de atención educativa complementaria.
Uno de los representantes de los padres en el Consejo Escolar será designa-
do por la asociación de padres más representativa en el centro.
Asimismo, los centros concertados que impartan formación profesional
podrán incorporar a su Consejo Escolar un representante del mundo de la
empresa, designado por las organizaciones empresariales, de acuerdo con
el procedimiento que las Administraciones educativas establezcan.»
Tres.
El artículo 57 queda redactado de la siguiente manera:
«Artículo Cincuenta y siete.
Corresponde al Consejo Escolar del centro, en el marco de los principios
establecidos en esta Ley:
a) Intervenir en la designación del director del centro, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 59.
b) Intervenir en la selección del profesorado del centro, conforme con el
artículo 60.
c) Participar en el proceso de admisión de alumnos y alumnas, garantizan-
do la sujeción a las normas sobre el mismo.
d) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se
atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias
adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que
perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar,
a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá revisar la decisión
adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
e) Aprobar el presupuesto del centro en relación con los fondos prove-
nientes de la Administración y con las cantidades autorizadas, así como
la rendición anual de cuentas.
f) Informar y evaluar la programación general del centro que, con carác-
ter anual, elaborará el equipo directivo.
g) Proponer, en su caso, a la Administración la autorización para estable-
cer percepciones a las familias de los alumnos y alumnas por la realiza-
ción de actividades escolares complementarias.
h) Participar en la aplicación de la línea pedagógica global del centro e in-
formar las directrices para la programación y desarrollo de las activida-