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LOMCE. Ley orgánica para la mejora de la calidad educativa
2. Los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias generales del bloque de
asignaturas troncales en el curso tercero:
a) Biología y Geología.
b) Física y Química.
c) Geografía e Historia.
d) Lengua Castellana y Literatura.
e) Primera Lengua Extranjera.
3. Como materia de opción, en el bloque de asignaturas troncales deberán cursar, bien
Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Académicas, o bien Matemáticas Orienta-
das a las Enseñanzas Aplicadas, a elección de los padres, madres o tutores legales o,
en su caso, de los alumnos y alumnas.
4. Los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias del bloque de asignaturas
específicas en cada uno de los cursos:
a) Educación Física.
b) Religión, o Valores Éticos, a elección de los padres, madres o tutores legales o, en
su caso, del alumno o alumna.
c) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que esta-
blezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros do-
centes, un mínimo de una y, máximo de cuatro, de las siguientes materias del blo-
que de asignaturas específicas, que podrán ser diferentes en cada uno de los cursos:
1) Cultura Clásica.
2) Educación Plástica, Visual y Audiovisual.
3) Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial.
4) Música.
5) Segunda Lengua Extranjera.
6) Tecnología.
7) Religión, sólo si los padres, madres o tutores legales o, en su caso, el alumno o
alumna no la han escogido en la elección indicada en el apartado 4.b).
8) Valores Éticos, sólo si los padres, madres o tutores legales o, en su caso, el alumno
o alumna no la han escogido en la elección indicada en el apartado 4.b).
5. Los alumnos y alumnas deben cursar la materia Lengua Cooficial y Literatura del
bloque de asignaturas de libre configuración autonómica en aquellas Comunidades
Autónomas que posean dicha lengua cooficial, si bien podrán estar exentos de cursar
o de ser evaluados de dicha materia en las condiciones establecidas en la normativa