ANPE Albacete Castilla - La Mancha - page 105

LOMCE. Ley orgánica para la mejora de la calidad educativa
104
los supuestos de incompatibilidad, revocación, reintegro y cuantos requisitos sean
precisos para asegurar la igualdad en el acceso a las citadas becas y ayudas, sin
detrimento de las competencias normativas y de ejecución de las Comunidades Au-
tónomas.
4. Con el fin de articular un sistema eficaz de verificación y control de las becas y ayu-
das concedidas, se establecerán los procedimientos necesarios de información, coor-
dinación y cooperación entre las diferentes Administraciones educativas.
CAPÍTULO III
Escolarización en centros públicos y privados concertados
Sesenta
. El apartado 2 del artículo 84 queda redactado de la siguiente manera:
Sesenta y uno.
El apartado 3 del artículo 84 queda redactado de la siguiente manera:
Sesenta y dos
. El apartado 7 del artículo 84 queda redactado de la siguiente manera:
Artículo 84
. Admisión de alumnos.
1. Las Administraciones educativas regularán la admisión de alumnos en centros pú-
blicos y privados concertados de tal forma que garantice el derecho a la educación,
el acceso en condiciones de igualdad y la libertad de elección de centro por padres
o tutores. En todo caso, se atenderá a una adecuada y equilibrada distribución
entre los centros escolares de los alumnos con necesidad específica de apoyo edu-
cativo.
2. Cuando no existan plazas suficientes, el proceso de admisión se regirá por los crite-
rios prioritarios de existencia de hermanos matriculados en el centro, padres, madres
o tutores legales que trabajen en el mismo, proximidad del domicilio o del lugar de
trabajo de alguno de sus padres, madres o tutores legales, renta per cápita de la uni-
dad familiar y condición legal de familia numerosa y concurrencia de discapacidad
en el alumno o alumna o en alguno de sus padres, madres o hermanos, sin que ningu-
no de ellos tenga carácter excluyente y sin perjuicio de lo establecido en el apartado
7 de este artículo.
No obstante, aquellos centros que tengan reconocida una especialización curricular
por las Administraciones educativas, o que participen en una acción destinada a
fomentar la calidad de los centros docentes de las descritas en el artículo 122.bis,
podrán reservar al criterio del rendimiento académico del alumno o alumna hasta un
20 por ciento de la puntuación asignada a las solicitudes de admisión a enseñanzas
1...,95,96,97,98,99,100,101,102,103,104 106,107,108,109,110,111,112,113,114,115,...202
Powered by FlippingBook