LOMCE. Ley orgánica para la mejora de la calidad educativa
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j) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar
los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las
certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que
establezcan las Administraciones educativas.
k) Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros
del equipo directivo, previa información al Claustro del profesorado y al Consejo
Escolar del centro.
l) Aprobar los proyectos y las normas a los que se refiere el Capítulo II del Título V
de la presente Ley Orgánica.
m) Aprobar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competen-
cias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización
docente.
n) Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en
esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.
ñ) Aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido
en el artículo 122.3.
o) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las
Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
p) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa.
Ochenta y dos.
El artículo 133 queda redactado de la siguiente manera:
Artículo 133. Selección del director.
1. La selección del director se realizará mediante un proceso en el que participen la co-
munidad educativa y la Administración educativa.
2. La selección y nombramiento de directores de los centros públicos se efectuará me-
diante concurso de méritos entre profesores y profesoras funcionarios de carrera que
impartan alguna de las enseñanzas encomendadas al centro.
3. La selección se realizará de conformidad con los principios de igualdad, publicidad,
mérito y capacidad.
Ochenta y tres
. El apartado 1 del artículo 134 queda redactado de la siguiente manera:
Artículo 134.
Requisitos para ser candidato a director.
1. Serán requisitos para poder participar en el concurso de méritos los siguientes: