135
LOMCE. Ley orgánica para la mejora de la calidad educativa
i) Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con
las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendi-
miento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que
participe el centro.
k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administra-
ción competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de
la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de
la misma.
l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.
Sección segunda.
Claustro de profesores
Artículo 128.
Composición.
1. El Claustro de profesores es el órgano propio de participación de los profesores en el
gobierno del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en
su caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del centro.
2. El Claustro será presidido por el director y estará integrado por la totalidad de los
profesores que presten servicio en el centro.
Artículo 129.
Competencias.
El Claustro de profesores tendrá las siguientes competencias:
a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración
de los proyectos del centro y de la programación general anual.
b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de
los proyectos y de la programación general anual.
c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación
de los alumnos.
d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pe-
dagógica y en la formación del profesorado del centro.
e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selec-
ción del director en los términos establecidos por la presente Ley.
f) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados
por los candidatos.