LOMCE. Ley orgánica para la mejora de la calidad educativa
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responsable y ordenado de estas nuevas tecnologías por parte de los alumnos y alumnas
debe estar presente en todo el sistema educativo. Las Tecnologías de la Información y la
Comunicación serán también una herramienta clave en la formación del profesorado y
en el aprendizaje de los ciudadanos a lo largo de la vida, al permitirles compatibilizar la
formación con las obligaciones personales o laborales y, asimismo, lo serán en la gestión
de los procesos.
Una vez valoradas experiencias anteriores, es imprescindible que el modelo de digitaliza-
ción de la escuela por el que se opte resulte económicamente sostenible, y que se centre en
la creación de un ecosistema digital de ámbito nacional que permita el normal desarrollo
de las opciones de cada Administración educativa.
XII
El dominio de una segunda o, incluso, una tercera lengua extranjera se han convertido en
una prioridad en la educación como consecuencia del proceso de globalización en que
vivimos, a la vez que se muestra como una de las principales carencias de nuestro sistema
educativo. La Unión Europea fija el fomento del plurilingüismo como un objetivo irre-
nunciable para la construcción de un proyecto europeo. La Ley apoya decididamente el
plurilingüismo, redoblando los esfuerzos para conseguir que los estudiantes se desenvuel-
van con fluidez al menos en una primera lengua extranjera, cuyo nivel de comprensión
oral y lectora y de expresión oral y escrita resulta decisivo para favorecer la empleabilidad
y las ambiciones profesionales, y por ello apuesta decididamente por la incorporación
curricular de una segunda lengua extranjera.
XIII
La principal diferencia del sistema educativo español con los de nuestro entorno radica en
el número especialmente bajo de alumnos y alumnas que transitan por nuestra Formación
Profesional. Esta situación incide inevitablemente en la empleabilidad y en la competiti-
vidad de nuestra economía, limitando las opciones vitales de muchos jóvenes. Revitalizar
la opción del aprendizaje profesional como una opción acorde con la voluntad de un desa-
rrollo personal y también su permeabilidad con el resto del sistema es un objetivo estraté-
gico de esta Ley. Para alcanzarlo se propone la modernización de la oferta, su adaptación
a los requerimientos de los diferentes sectores productivos, la implicación de las empresas
en el proceso formativo, con la importante novedad de la Formación Profesional dual, y la
búsqueda de un acercamiento a los modelos de los países de nuestro entorno con niveles
mucho menores de desempleo juvenil. Se crea un nuevo título de Formación Profesional
Básica, se flexibilizan las vías de acceso desde la Formación Profesional Básica hacia la
de Grado Medio y desde ésta hacia la de Grado Superior, se prioriza la contribución a la